El 2 de setiembre de 2026, el Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá publicó el Decreto Ejecutivo No. 32. El decreto reglamenta el régimen de rentas pasivas de fuente extranjera incorporado al Código Fiscal por la Ley 526 de 2026. Define qué deben demostrar las entidades panameñas que forman parte de un grupo multinacional para acreditar sustancia económica: personal e instalaciones en el país, decisiones estratégicas tomadas en Panamá y costos operativos proporcionales a su actividad.
Las nuevas reglas aplican a los períodos fiscales que inicien a partir del 1 de enero de 2027. Sin embargo, la evidencia que se exigirá (actas de junta, contratos, registros de personal y de gastos) se genera a lo largo de todo el período. Por eso conviene hacer el diagnóstico antes del cierre de 2026.
En este documento, nuestro equipo explica:
- quién queda alcanzado y qué debe acreditar, requisito por requisito;
- qué funciones pueden tercerizarse y con qué límites;
- los once bloques de información que deberán reportarse en la declaración jurada;
- el crédito por impuestos pagados en el exterior y la fórmula aplicable a rentas de activos intangibles;
- cinco acciones concretas para preparar a su grupo.